ORIGEN MÚSICA COLOMBIANA
Nuestras culturas precolombinas lograron su desarrollo en dos regiones geograficas:
La Andina y la Amazónica, alli luego de continuas migraciones , asentamientos y
unificaciones, se fueron conformando tres grandes familias; la Chibcha, la Arawak
y la Amazonica. Sin lugar a dudas, la cultura Chibcha es la que mas nos caracteriza
debido a su relativo alto nivel cultural expresado en una gran variedad de manifesta-
ciones y por el extenso territorio que abarcaron. Sus núcleos sociales mas representa-
tivos fueron los Tayronas, Arhuacos, Cunas y Muiscas, de los que sobreviven Arhuacos
y Cunas en tanto que los Tayronas y Muiscas fueron perdiendo su vigencia tanto por
extincion como por mestizaje.
El desarrollo de las religiones chibchas necesitó de un arte musical que integrara la
colectividad en torno de los ritos y ceremonias que constituian el fundamento de sus
creencias y por lo tanto de su vida misma. Pero no siempre el objeto de la música fue la
religión pues se sabe de ciertas manifestaciones musicales que tenian como propósito la
diversion y el entretenimiento, las cuales estaban a cargo de miembros de la comunidad
especializados en este arte. Son los guajiros los representantes mas importantes de la
cultura Arwak en nuestro territorio. A la llegada de los españoles no habian logrado
un notorio nivel de desarrollo cultural, debido entre otras cosas a las condiciones del
medio natural, en gran parte desértico. Posteriormente, al contacto con diferentes
pueblos de Europa que tenian como area de operaciones mercantiles la peninsula que
hoy en dia lleva su nombre, los guajiros fueron evolucionando y en la actualidad ejercen
una influencia permanete sobre ciertas manifestaciones culturales en la Costa Atlántica.
La Amazonia, ademas de ser una reserva ecologica mundial, ha sido cuna de variados
grupos humanos que han llevado durante siglos un desarrollo cultural autónomo y
multiforme. Debido al lento contacto e influencias recibidas por estas civilizaciones,
podemos suponer que su manifestaciones culturales y particularmente las musicales,
se conservan aproximadamente fieles a las de sus antecedores precolombinos.
MESTIZAJE MUSICAL Para comprender el desarrollo musical de Colombia, es necesario tener en cuenta las condiciones sociales en las cuales se ha venido formando nuestranación a partir de tres culturas: La aborigen americana, la española y laafricana.ESPAÑA Las expediciones españolas fueron regimientos de hombres de diferentes clases sociales y niveles de cultura, que luego de los prolongados viajes,encuentros sangrientos y pasajeras alianzas con los aborigenes, se dierona la tarea de tener relaciones con las mujeres indigenas; esta situación se presentó debido a que los españoles no enviaron al principio familias, ma-trimonios o mujeres en sus expediciones.Con la creación de los centros coloniales y el éxito de las grandes haciendas,la mezcla entre españoles e indigenas a nivel popular aumentó y se difundió,pero no dejo de ser una situación de desventaja y verguenza para los nacidosde estas uniones, a los cuales despectivamente se los llamaba "mestizos" , que no gozaron de libertades o buenas garantías sociales.Pero esta mezcla no fué sólo de razas; recordemos que los aborígenes colom-bianos y los españoles tenían su propio idioma, religión, danzas, instrumen-tos musicales, artes y principios morales que comenzaron a influirse mutua-mente para originar una cultura mestiza.
AFRICA Los aportes culturales africanos nos han llegado en dos épocas diferentes y en condiciones sociales distintas. Los primeros, se inciaron con los rabesdel Norte del Africa y su invasión y dominación de España (siglo VIII al XVD.C.); los españoles asimilaron durante 800 años buena parte de la culturaAfro-arabe y luego nos transmitieron esos valores culturales a partir delsiglo XV D.C.Los segundos aportes se iniciaron a partir del siglo XVI con la llegada delos esclavos africanos, recibiendo nosotros su influencia en forma directa.Dada la destinacion de los esclavos (minería, ganadería y agricultura), lossectores de los ríos Magdalena y Cauca y la costa Pacífica.Si bién es cierto, el comercio de los esclavos africanos comenzó a disminuiren el siglo XVIII y se frenó en el siglo XIX con la ley de la abolicion de la esclavitud, la cultura africana continuó mezclándoze con la española y en algunos sectores con la indígena, hasta transformarse actualmenteen una de las raíces profundas de nuestra cultura colombiana.LA COSTA ATLÁNTICA Y SU MÚSICA Esta región fué clave como punto de contacto y partida de expediciones con-quistadoras y área de fomento del comercio. Por eso, allí aparecen antiguasy poderosas ciudades como Cartagena, Santa Marta, Rioacha, Valledupar y Mompós donde se fusionaron indígenas, españoles y esclavos africanos.Las fiestas y la música religiosas española en honor de la Virgen (La Candelaria, los Remedios, La Inmaculada), la Cuaresma, Corpus Christi,San Juan y La Navidad, sirvieron para catequizar indígenas y esclavosy comenzar el mestizaje musical, en el cual también influyeron las tertu-lias y bailes en las casas de los españoles acaudalados en donde danzaseuropeas cortesanas como la gavota, el rigodón, paspies, pasacalle, contradanza y populares como la jota, el fandango y las seguidillas fueronlentamente asimiladas y transformadas por indígenas y africanos.LOS CANTOS VALLENATOS Se inciaron con antiguos cantos de vaquería propios de las zonas ganaderasde Valledupar, en donde el tambor de un solo parche, llamado ahora "caja" se unió a la guacharaca para servir de base a narraciones cantadas, quehablaban de las penurias y anhelos del campesino, reflejaban la críticasocial o la visión picaresca y alegre de esos pueblos costaneros.Tal parece que sufre influencia de ciertos aspectos melódicos de los arhuacosy guajiros, luego de los africanos y de los europeos, de estos últimos con lascoplas y décimas y con su aporte reciente del acordeón de botones.MÚSICA DE LOS ANDES COLOMBIANOS Los festejos religiosos de Navidad, Corpus Christi, San Juan y las peregri-naciones a los santuarios de la Virgen (Chiquinquira, Monguí, Chinavita),sirvieron para unir a nivel popular los español y lo indígena; para crearhacia el siglo XVII el torbellino, los cantos de la guabina y gran cantidadde juegos danzados.NACIMIENTO DEL BAMBUCO
Los bailes de fandango, la tirana, el bolero y la seguidilla de la provin-cia de Andalucía, fueron muy populares entre la clase media española acen-tada en el territorio de Colombia.Estos Bailes constituyeron el punto de partida para la creación de fanda-quillos criollos y el capituco, que evolucionaron y ser diversificaron en el siglo XIX, gracias a los aportes indígenas y africanos existentes en losantiguos departamentos de Antioquia y Cauca, que ser convirtieron en la cu-na colombiana del bambuco.DEL VALS AL PASILLO ANDINO En el siglo XIX en Europa, se propagó desde Viena (Austria) la música ydanza de salón llamada waltz(vals) que al llegar a nuestro país se comen-zó a distinguir con el nombre de "el strauss" , nombre tomado del apellidodel famoso compositor de valses Johan Straus. Gracias a la sensibilidadartística de nuestros músicos, este aire musical se fué transformando en el "vals del país" o el "colombiano" y mas recientemente en el "pasillo".De los refinados salones de las principales ciudades colombianas, pasó alas plazas públicas y allí se convirtió en el "pasillo fiestero" que ha llegado a ser pieza obligada de las bandas de pueblo. Por último, es im-portante resaltar que la alianza entre nuestros poetas y compositores le hadado al pasillo una alta calidad expresiva que se manifiesta de muchas for-mas en estos sentidos y conmovedores cantos del alma colombiana. EL ARTE MUSICAL DE LA COSTA PACÍFICA COLOMBIANA El trabajo de los esclavos africanos hizo prosperar las grandes haciendasdel viejo Cauca(Chocó, Valle, Cauca, Nariño) y su mano de obra en las minas significó primero un enriquecimiento para la corona española y luego paralos grandes terratenientes criollos.Las culturas africanas llegadas a esta costa fueron sensibles a las in-fluencia cultural española, lo cual explica la gran asimilación y rein-terpretación que hicieron de ella.Dados los lujos de las aristocracia caucana, la música y la danza cortesanade Europa fue muy frecuente en sus tertulias y saraos (bailes) en donde sedistraían al ritmo de danzas, contradanzas, mazurcas, polcas, jotas y algu-nos romances a cargo de señoritas aficionadas al canto.Es importante mencionar el papel que desempeñó un reducido número de esclavosdedicados al servicio doméstico, pues su contacto directo con la músicay danza de su amos, les permitió inciar el proceso de asimilación, difusión y cambio de estas manifestaciones culturales europeas.La religión católica con sus festividades de San Juan y Navidad, influyé profundamente en el canto religioso popular de los esclavos, que gradual-mente fueron substituyendo divinidades y ritos por salves a la Madre de Dios,trisagios, arrullos a los santos y al Niño Dios, balsadas fluviales y en honor a San Juan y para la Navidad.El aporte cultural africano mas fuerte y arraigado está en el currulao y elbunde, en el grupo musical constituído por marimbas de Chonta, conunos machoy hembra, bombo y el antiquísimo canto antifonal africano a cargo de las"cantaoras" y "repondeoras" que se acompañan con los guases (maraca tubularafricana).
MUSICA DE LOS LLANOS ORIENTALES
Los aborígenes fueron tomando a su manera y sentir el canto popular español y los instrumentos de cuerdas (guitarricos, vihuelas, violi-nes, arpas) que introdujeron los jesuitas y fueron mezclándose con carracas, maracas
(capachos), y aun tomando la popular zambumbia de los campesinos españoles
emigrantes.
Universidad Javeriana
Manuel Cortés Granadosmcortes@pollux.javeriana.edu.co
CUMBIA
La música de los Gaiteros, la cual es
autóctona de la costa Caribe de
Colombia, es la forma original y tradi-
cional de la cumbia, y la raíz de la
cumbia moderna, una de las formas
musicales mas populares en Latino
América actualmente.
Esta música, la cumbia folclórica original,se remonta a los tiempos de Simon Bolivar, en
los inicios de los años 1800, y quizá más. Es una fusión de influencias indígenas y africanas,
la cual se toca con dos gaitas y una maraca, ambas de ancestria indígena, y tambores
africanos provenientes de los descendientes de los esclavos de origen africano que pasaron
por esta costa. Las inolvidables melodias que aun son comunes en las culturas Kogi y
Cuna, se tocan por dos gaitas en contrapunto la una a la otra, y son complementadas por
el hipnotizador rítmo del "llamador" (un tambor pequeño), las alegres y complejas
improvisaciones de los otros dos tambores, y los elaborados ritmos de la maraca.
Uno de los gaiteros toca la gaita con una mano y con la otra la maraca al mismo tiempo
con grán destreza y agilidad. Sus labios solo sueltan la gaita para cantar.
En el pasado, hubo muchos grupos de gaiteros que tocaban cumbia a travez de la costa
Caribe Colombiana. Al pasar de los años, la cumbia con letras incluidas, evolucionó al
punto de incluir acordeón y más tarde instrumentos electrónicos y orquestación completa.
La cumbia orquestada, es decir la cumbia moderna, es escuchada en Sur y Centro América
y México, y en los Estados Unidos por millones de Hispanos.
La cumbia orquestada, con su rítmo encantador, es música bailable que se toca en clubes,
fiestas, e incluso en millones de hogares. Sin embargo, recientemente con la muerte de los
Gaiteros mas viejos, la tradición de la gaita pareciera perderse debido a que los jovenes en
San Jacinto parecen estar interesados en formas musicales populares que son promovidas
en la radio como la salsa, la cumbia orquestada, y aun el rock and roll. A pesar que hay y
hubo otros grupos de gaiteros, el grupo que se hizo llamar Los Gaiteros de San Jacinto no
tendrá nunca comparación alguna.
En los últimos años ha habido un resurgir en el interes por la herencia musical de esta música.
Tambien muchos jovenes han tomado las gaitas, maracas y tambores, pero todavia, aún en
Colombia, hay mucha gente que no conoce las raices de la música que se escucha actualmente.
Cumbia: El Llanto de Dos Razas en CautiverioCopyright © 2001-2003.
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INTRODUCCION
JUSTIFICACION
LA UNESCO Y EL PATRIMONIO DOCUMENTAL
ANTECEDENTES PARA LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA SOBRE ARCHIVOS
LEGISLACIÓN BOLIVIANA SOBRE ARCHIVOS.
ANTECEDENTES
ASPECTO GENERAL
ANÁLISIS EXTERNO
ANÁLISIS INTERNO
ESTRATEGIAS DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Proyecto
Museos
Convocatorias
Símbolos Universitarios
Galería
INTRODUCCION
Si no hay memoria, no hay transmisión del conocimiento y sin este, no sería posible la permanencia de la cultura y por lo tanto de las instituciones en el ámbito de una sociedad.
Los archivos son el reflejo de las instituciones, de su quehacer e historia, se piensan y desarrollan dentro de los mismos principios, en su contexto y desarrollo propio.
Nuestro Patrimonio Documental Histórico constituye una rica herencia ante la que las generaciones actuales tenemos una irrenunciable responsabilidad, representa el testimonio vivo de lo mejor que multitud de bolivianos de todas las épocas han realizado.
Proteger el patrimonio documental adquiere toda su dimensión ciudadana si se asume que estos están relacionados directamente en la conciencia nacional; entre otros, en los valores del patrimonio publico, memoria y la identidad, lo cual esta asociado a la finalidad irrenunciable del moderno concepto de cultura. Al preservar el Patrimonio Documental servimos como puente y ligazón entre pasado, presente y futuro; porque al hacerlo nos reconocemos y sentimos partícipes de una tradición cultural construida por siglos, de la cual se extrae nuestro compromiso de identidad y nuestro sentido de pertenencia.
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JUSTIFICACION
Bolivia como miembro de las Naciones Unidas, debe cumplir con la declaración de Derechos Humanos (PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS.SOCIALES Y CULTURALES. adoptado por la ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU el 16-12-1966, el cual entró en vigor el 3-1 -1976), donde el punto especifico es el resguardo de los Derechos, Económicos. Sociales y Culturales.
Proteger el patrimonio documental equivale a conservar, preservar, resguardar, custodiar, mantener, salvar y asegurar cada uno de documentos que lo integran. No obstante los términos tan claros con los que se podría fundamentar una posición firme frente al tema, continúa su pérdida y deterioro. Algunos elementos que responsables de la situación son:
Las autoridades políticas e institucionales; para quienes la protección de los documentos no es prioridad
La sociedad misma; porque muestra indiferencia y desinterés.
Factores económicos, en estos tiempos en los que casi todo se mide sólo en el nivel de ingreso que pueda generar una institución, no les interesa invertir en un archivo que requiere de permanente.
Afán de ocultar malos manejos, impedir la identificación de los actores de la corrupción, de la arbitrariedad, del abuso. No olvidemos que ellos son testimonio de todas sus acciones.
Los “saqueos culturales”, por los que muchos de nuestro documentos fundamentales no se encuentran en el país.
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LA UNESCO Y EL PATRIMONIO DOCUMENTAL
La Organización Mundial para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en el entendido que ”el patrimonio documental mundial pertenece a todo el mundo, debería ser plenamente preservado y protegido para todos y, con el debido respeto de los hábitos y prácticas culturales, debería ser accesible para todos de manera permanente y sin obstáculos.” Ha implementado varios programas y proyecto para su protección. A continuación citamos algunos de los mismos:
El Programa Memoria del Mund, para preservar el patrimonio documental del planeta (Las Directrices originales del Programa Memoria del Mundo fueron elaboradas por Jan Lyall en colaboración con Stephen Foster, Duncan Marshall y Roslyn Russell, bajo los auspicios de la IFLA,1995. base para posteriores modificaciones). http://www.unesco.org
Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (Convención de La Haya de 1954). www.icomos.org/hague.
Convención de la UNESCO sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (1970). www.unesco.org/culture/laws/1970/html.
Recomendación de la UNESCO sobre la salvaguardia y conservación de las imágenes en movimiento (1980). www.unesdoc.org/ulis/ged.html.
Recomendación de la UNESCO sobre la Salvaguardia de la Cultura Tradicional y Popular (1989). www.unesdoc.org/ulis/ged.html.
Escudo Azul: un programa de protección del patrimonio cultural en peligro como consecuencia de catástrofes naturales o provocadas por los seres humanos (1996). www.icomos.org/blue_shield.
Programa de la UNESCO para proteger las obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad. www.unesco.org/culture/heritage/intangible/masterp/html_eng/index_en.htm.
La labor del Comité del Patrimonio Mundial sobre una estrategia global www.unesco.org/whc/nwhc/pages/doc/main.htm.
La labor del Comité del Patrimonio Mundial para mejorar la eficiencia de los procedimientos aplicados, reunión extraordinaria de Budapest, octubre de 2000 (comprendidos algunos aspectos relativos al seguimiento de la estrategia global). www.unesco.org/whc/archive/ repbur00ss.pdf.
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ANTECEDENTES PARA LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA SOBRE ARCHIVOS
En general, las sociedades prehispánicas, al carecer de escritura y de órganos políticos de organización estatal, no alcanzaron la capacidad de conservar información documental en archivos. A pesar que algunas de ellas, como la maya o la inca, registraron información en códices o quipus y conocieron instituciones propias de la organización estatal, no existen pruebas o vestigios fehacientes que prueben la existencia de archivos, es más, se tiene certeza que el registro de los acontecimientos pretéritos de las sociedades amerindias fueron escritas sobre la base de los testimonios orales, obtenidos por los cronistas, de informantes importantes que sobrevivieron y se asimilaron a la civilización europea. En consecuencia, correspondió a los conquistadores españoles la responsabilidad de la introducción de los dos elementos esenciales para la existencia de los archivos: la escritura y la organización estatal.
La sociedad española, como ahora, estaba dividida en varias nacionalidades que, precisamente durante la época de la conquista, confluyeron en una sola organización estatal: la monarquía absoluta, constituida por diversas instituciones reales, eclesiásticas, judiciales, municipales, militares, comerciales, etcétera. Esta organización política, con todas las instituciones que pudieron ser asimiladas de las sociedades amerindias, fue replicada en América a través de los virreinatos, gobernaciones, intendencias, corregimientos, audiencias, cabildos, arzobispados, obispados, cabildos eclesiásticos, universidades, escribanías, cajas reales, etc.
Para su funcionamiento el gobierno español promulgó diversas normas jurídicas, especialmente reales cédulas, destinadas a preservar, organizar y accesibilizar los documentos que testimonian la concreción de actos y hechos jurídicos y resguardan los derechos personales, patrimoniales y públicos. Estas disposiciones se encuentran contenidas en la Recopilación de las leyes de los reinos de las Indias y en la Real ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de ejército y provincia en el Virreinato de Buenos Aires, sin embargo, su ejecución ameritaba la disposición de otras normas emitidas por el Real Consejo de las Indias, los virreyes, gobernadores u otras autoridades coloniales.En cuanto se refiere a Charcas, la disposición jurídica más antigua que establece normas para el funcionamiento de un archivo es una ordenanza del virrey Francisco de Toledo, estableciendo, el año 1574, el archivo de la villa de La Plata. (documento que se conserva en el ABNB). Desde el punto de vista archivístico puede destacarse que en esta ordenanza se legisla acerca de los siguientes aspectos:
La monarquía española consideraba como un objetivo primordial para la administración de los intereses reales y privados la guarda y buen recaudo de las provisiones y cédulas reales emitidas por el Real Consejo de las Indias, los virreyes y gobernadores.
Aquella guarda y recaudo de provisiones y cédulas, para ser útil, debía estar ordenada.
Disponía que todos los municipios, cabildos o ayuntamientos, organizaran un archivo con aquellos documentos.
Las provisiones y cédulas debían ser compiladas en sus correspondientes libros, las que no podían ser extraídas ni desordenada su secuencia, es decir, debían respetarse los principios de procedencia y de orden original.
Establecía las condiciones para el acceso y reproducción de los documentos cuando existieran razones lícitas para hacerlo.
Disponía las sanciones correspondientes a la destrucción o uso indebido de los documentos reales.
Al rigor de estos principios jurídicos y archivísticos los documentos de las instituciones coloniales se conservaron, organizaron y accesibilizaron formando fondos, secciones, series y colecciones documentales que pueden hoy consultarse en diversos archivos de la República.
Hasta 1883 los archivos bolivianos se conservaron bajo premisas jurídicas similares a las explicadas anteriormente, porque a pesar que la monarquía española ya no ejercía soberanía en nuestra sociedad, muchas de sus normas, usos y costumbres institucionales, entre ellas las referidas a archivos, conservaron valor positivo mientras no se promulgaron expresas disposiciones derogatorias.
La primera norma promulgada para proteger y organizar los archivos de la nación fue la ley de 18 de octubre de 1883, suscrita por el presidente Narciso Campero. Esta ley, expresiva de los principios archivísticos vigentes durante el siglo XIX, se refiere a los siguientes asuntos:
La creación del Archivo Nacional de Bolivia, declarando Archivo General de la Nación el de la Audiencia de Charcas.
Al respecto, se denominan archivos generales a los archivos de las entidades nacionales, departamentales, locales o de otra naturaleza; que conservan los fondos documentales de las instituciones vigentes y de las que ya no existen. Contrariamente, se denominan archivos históricos a las entidades que conservan exclusivamente los fondos de las instituciones que ya no se encuentran vigentes. Desde este punto de vista, el Archivo Nacional de Bolivia es un archivo general con jurisdicción nacional, su fondo más antiguo es el de la audiencia de Charcas.
La presencia de los dos principios archivísticos que hacen posible la organización documental: la clasificación y la ordenación.
El establecimiento de una sección especial con los documentos que directa o indirectamente se refieran a límites nacionales, departamentales o provinciales.
Si entendemos bien esta última disposición, descubriremos que se buscaba constituir con ella una sección facticia -colección dice la norma- con las unidades documentales procedentes de diversos fondos, hecho que la actual archivística no acepta porque atenta contra la naturaleza orgánica de los archivos, su carácter testimonial y quebranta dos de sus principios más importantes como son el principio de procedencia y el de orden original.
Por la anterior disposición, el Archivo Nacional iniciaba sus actividades sobre la base de la conservación, organización y accesibilización de los documentos de la Audiencia de Charcas. Sin embargo, el patrimonio documental boliviano, después de cincuenta y ocho años de institucionalidad republicana, comprendía un acervo archivístico adicional que debía protegerse, organizarse y abrirse al servicio de la investigación científica.
En las postrimerías del siglo XIX los legisladores reunidos en Sucre, en el congreso de 1898, comprendieron que la misión del Archivo Nacional no podía cumplirse adecuadamente si no se entregaba a su custodia la documentación producida después de la fundación de la República el año 1825. En esta virtud, el presidente Severo Fernández Alonso, el 28 de noviembre de 1898, promulgó una ley cuyas características más importantes eran las siguientes:
Creaba el Archivo General de la Nación sobre la base del Archivo Nacional, para tal efecto, además de conservar sus atribuciones sobre los papeles de la Audiencia de Charcas, le confiaba la conservación, ordenamiento y clasificación de los documentos del Legislativo y del Ejecutivo.
Acerca de los documentos del Poder Ejecutivo, que en vista de su desempeño en diversas ciudades se encontraba disperso, disponía su concentración en el Archivo General de la Nación. Esta concentración, empero, debía expresarse en una clasificación documental, cuyo acceso debía ser posible a través de una indización cronológica y alfabética obligatoriamente publicada en la prensa nacional.
Al referirse a los documentos producidos por la Cancillería o por el servicio exterior, la ley se refiere a las reservas documentales, es decir, aquella cualidad que impide que un documento sea consultado temporal o definitivamente.
Existirá reserva temporal cuando los papeles de un fondo no se encuentren accesibles a los usuarios porque la información que contienen puede afectar los intereses de un bien jurídico tutelado por la ley y merece, por tanto, el beneficio del tiempo para conocerse. La reserva será definitiva si la prohibición para su consulta no se levantará nunca y, por tanto, sólo podrá conocerse por algunas personas expresamente facultadas.
Establecía que las transferencias documentales se realizarían previo inventario de los recursos documentales y debían comprender todos los documentos producidos desde la creación de la República y anteriores a ella, sin embargo, esta disposición no alcanzaba a los documentos del último quinquenio, los que debían transferirse progresivamente cada año. Esto significa que esta ley fijaba como antigüedad de transferencia documental los cinco años.
De acuerdo a esta ley el Archivo General de la Nación estaba confiado a la administración de un director, cooperado por un secretario y dos oficiales auxiliares.
Finalmente, no estaba permitido que los documentos salieran del Archivo General, debiéndose, en caso necesario, franquearse una copia legalizada previa demostración del interés legítimo en obtenerla.
Esta ley, importante para resolver las dificultades y necesidades de organización documental de fines del siglo XIX, lamentablemente tuvo que enfrentar dificultades en su aplicación, como la guerra civil que enfrentó a chuquisaqueños y paceños iniciando sus acciones pocos días después de su promulgación, 12 de diciembre de 1898.
Durante el siglo XX, para alcanzar los objetivos propuestos en la anterior ley y adecuar la administración de los archivos de Bolivia al rigor científico y técnico exigidos por la moderna archivística se promulgaron diversas disposiciones jurídicas, como el Decreto Supremo 05758 de 7 de abril de 1961, que establece que la documentación pública oficial y nacional de más de treinta y cinco años debe entregarse al Archivo Nacional; el Decreto supremo 13957 de 10 de septiembre de 1976, que prescribe la prohibición de incinerar, vender, desechar y eliminar documentos públicos inactivos; el Decreto Supremo 22144 de 2 de marzo de 1989, que declara de máxima utilidad y necesidad nacional las documentaciones públicas activas e inactivas de valor permanente y la obligación del Estado de precautelarlas; el Decreto Supremo 22145, de 2 de marzo de 1989, que establece normas para la preservación de las documentaciones inactivas, siéndoles aplicable el artículo 191 de la Constitución Política del Estado; Decreto Supremo 22146 de 2 de marzo de 1989, que establece el Repositorio Intermedio Nacional, destinado a las documentaciones inactivas nacionales y los Repositorios Intermedios Departamentales; el Decreto 23924 de 23 de diciembre de 1994, que aprueba el Reglamento común de Procedimientos Administrativos y de Comunicación de los Ministerios (R.C.P.); y el Decreto Supremo 25046 de 21 de mayo de 1998, que crea el Repositorio Intermedio del Poder Ejecutivo para concentrar la documentación inactiva con más de quince años y entregar al Archivo Nacional de Bolivia la de más de treinta y cinco años.
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LEGISLACIÓN BOLIVIANA SOBRE ARCHIVOS
El patrimonio documental nacional, por la circunstancia que resguarda los derechos individuales, patrimoniales y de interés público y porque sirve como fuente primaria para la investigación científica, está regulado por normas jurídicas que, expresadas como leyes, decretos y resoluciones, establecen su naturaleza jurídica, su protección y los procedimientos de generación, organización, accesibilización, transferencia, descarte, etc.
Esta regulación se concreta en dos ámbitos: primero, entendidos los recursos documentales de archivo como bienes patrimoniales tutelados por normas de derecho público de aplicación general, como son la Constitución Política del Estado y el Código Penal y, segundo, considerados como bienes jurídicos cuya administración debe ser regulada por normas de derecho público de aplicación especial. La monarquía española consideraba como un objetivo primordial para la administración de los intereses reales y privados la guarda y buen recaudo de las provisiones y cédulas reales emitidas por el Real Consejo de las Indias, los virreyes y gobernadores.
a-.El patrimonio documental nacional y la constitución Política del Estado.
El artículo 191 de la Constitución Política del Estado, con el objeto de preservar el patrimonio cultural de Bolivia, al que pertenecen los recursos documentales, establece que “... La riqueza... histórica y documental... son tesoro cultural de la Nación, están bajo el amparo del Estado y no pueden ser exportadas”, luego, en parágrafo seguido agrega “El Estado organizará un registro de la riqueza... histórica... y documental, proveerá a su custodia y atenderá a su conservación”. En esta disposición constitucional prevalecen tres conceptos especialmente importantes para la conservación y organización de los archivos:
Los documentos de archivo, desde que son producidos por la actividad administrativa de una entidad pública hasta que se transfieren a un archivo histórico, son propiedad del Estado y, por tanto, se encuentran bajo su amparo jurídico.
La facultad del Estado de proveer la custodia del patrimonio documental se refiere a que los documentos públicos, una vez transcurrido el tiempo de su permanencia en los archivos administrativos, deben transferirse, por disposición de la autoridad del Estado, a una entidad idónea, jurídica y administrativamente, para conservarse organizados y accesibles, como es el caso del Archivo Nacional, el Archivo Intermedio, los archivos departamentales u otros archivos.
Los documentos públicos, desde el momento que integran la propiedad del Estado, merecen ser conservados con las mismas acciones políticas, jurídicas y económicas que éste despliega para conservar la integridad y la soberanía nacional.
b.- El patrimonio documental nacional y el Código Penal
Como los preceptos constitucionales rigen sobre la base de un sistema ético y de principios que aceptan la posibilidad de no cumplirse, el Estado, para garantizar la conservación del patrimonio documental, ha incorporado en algunos preceptos del Código Penal los tipos delictivos que identifican las conductas atentatorias contra el patrimonio documental y la pena que les corresponde. De este modo, el artículo 223, bajo el epígrafe de “Destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional”, prescribe que quien “... destruyere, deteriorare, sustrajere o exportase un bien perteneciente al dominio público... u objetos del patrimonio histórico... nacional, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años”. La lectura de esta norma penal nos posibilita discernir acerca de los siguientes aspectos:
Que debe existir una persona, quien es el sujeto activo del delito; que destruya, deteriore, sustraiga o exporte un bien de dominio público o perteneciente al patrimonio público nacional, como son los documentos.
Este delito, por las condiciones en las que se administran los archivos, sólo puede ser cometido por personas con un nivel de instrucción aceptable, que poseen atribuciones administrativas de decisión sobre los documentos o que conocen su valor testimonial, histórico o económico, tal el caso de los funcionarios públicos, el personal de confianza de las entidades públicas o privadas, los traficantes de bienes patrimoniales, etc.
La pena privativa de libertad puede ser de uno a seis años, lo que quiere decir que el imputado por este tipo delictivo tiene un buen margen de posibilidades para evitar el cumplimiento de su condena y resolver con ventaja las consecuencias emergentes de la responsabilidad civil.
Además de estas prescripciones, existen otras del Código Penal cuyos elementos constitutivos pueden invocarse para demandar y sancionar una acción atentatoria contra la integridad del patrimonio documental boliviano. Este es el caso del daño calificado, previsto en el artículo 358, específicamente en sus incisos 3) y 4); que establece una sanción privativa de libertad de uno a seis años cuando este “... recayere en cosas de valor... histórico...” o también si “... se realizare mediante incendio, destrucción o deterioro de documentos de valor inestimable.”
Necesidad de promulgación de una sola norma para la preservación, organización y accesibilización de los archivos en Bolivia.
Como puede advertirse, la diversidad de instrumentos jurídicos que regulan la preservación, organización y accesibilización de la documentación pública y privada, en las diferentes etapas de su ciclo vital, plantea contradicciones, insuficiencias e imprecisiones que afectan la concreción de los objetivos por ellas establecidas: la preservación, la organización y la accesibilización de los recursos documentales. Estas circunstancias imponen a la sociedad boliviana, especialmente a los intelectuales y técnicos involucrados en la administración de los archivos, la tarea histórica de promover y proyectar una ley del Sistema Nacional de Archivos.
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ANTECEDENTES
El Centro Bibliográfico Documental Histórico - Archivo Departamental de Chuquisaca (CBDH) de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, fue fundado el 27 de marzo de 1981
La documentación que se conserva en el Archivo Departamental es manuscrita y mecanografiada, impresa, sonora y gráfica.
Con los siguientes fondos documentales organizados en secciones y series:
FONDO DE LA PREFECTURA
Integrado por las secciones: Notarias de Haciendas y Minas (1789 – 1900)Tesoro Departamental (1842 – 1930)Despacho Prefectural
FONDO DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL
Integrado por las siguientes series: (1860 – 1983)Tesoro municipal Consejo y alcaldíaDepartamento de Cultura
FONDO NOTARIAS PUBLICAS
Integrado por las siguientes series: (1825 – 1915 correlativa – 1916 a la fecha no correlativa ) CapitalProvincias
FONDO UNIVERSITARIO DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA
Reprografías documentos de su fundación, compradas del archivo de Indias de Sevilla y documentación no correlativa (1869 – 1953)
FONDO JUDICIAL PROVINCIAL DE CHUQUISACA (1825 – 1960)
FONDO INSPECTORIA DEPARTAMENTAL DEL TRABAJO (1970 – 1980)
FONDO CERRADO DEL COMITÉ DE RECONSTRUCCIÓN (1948 – 1952)
COLECCIONES
Guerra de la independencia (1809 – 1825)Documentos eclesiásticosCedularios Cartas Notables Banco Argandoña y otros
FOLLETERIA
LIBRO ANTIGUO (1503 – 1850)
DOCUMENTOS AUDIOVISUALES.
Fotografías,Cassetes de audioGrabadosPinturasPlanos, y otros.
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ASPECTO GENERAL
La finalidad del Centro Bibliográfico Documental e Histórico – Archivo Departamental y Biblioteca de Fondo Antiguo.
Proponer la Política Regional en materia Archivística, supervisar y evaluar su cumplimiento.
Normar y racionalizar la producción documental y autorizar la eliminación de documentos innecesarios del Sector Publico Regional.
Proponer las medidas de conservación y reprografía del Patrimonio Documental de Nuestra Region y efectuar los servicios competentes de su ámbito a nivel Regional.
Organizar, supervisar y evaluar a nivel Regional la formación, capacitación y especialización científica y técnica del personal de Archivos.
Normar el acceso a toda clase de documentos estableciendo los términos y modalidades de uso en concordancia con los dispositivos legales pertinentes.
Servir el Patrimonio Documental del departamento que se custodia.
Velar por el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre Archivos y documentos i de acuerdo a Ley en los casos de violación y denunciándolos ante las autoridades competentes.
Trabajar en forma coordinada con el Archivo Nacional de Bolivia.
Visión
El Archivo , debe ser una Entidad líder y eficiente del Sistema Nacional de Archivos a nivel Nacional y Latinoamericano, en materia Archivística con conocimiento técnico y científico, puesto al servicio de la sociedad como fuentes de información e investigación en apoyo a la educación, cultura y gestión publica, asimismo con un personal idóneo y capacitado.
Misión
El CBDH, tiene la misión de Conducir y controlar el desarrollo del Sistema Nacional de Archivos, asegurando la conservación del Patrimonio Documental del Departamento y de la Nación en función a la técnica Archivística, modernización, capacitación especializada para optimizar los servicios archivísticos a la ciudadanía en general, y contar con una infraestructura propia y adecuada al avance de la modernización.
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ANÁLISIS EXTERNO
Diversos factores convergen a que los archivos públicos no funcionan en forma eficiente.
Limitado conocimiento e importancia de la gestión archivística.
La no aplicación adecuada de las normas archivísticas.
Limitado apoyo de las autoridades para la aplicación de las recomendaciones formuladas por el CBDH.
Falta de personal archivero especializado.
Limitada difusión de las normas de protección del Patrimonio Documental de la Región con la escasees de recursos para este efecto.
Falta de Infraestructuras en los Archivos de los Sectores Públicos
OPORTUNIDADES
Coordinación permanente con el ABNB.
Apoyo y asesoramiento por parte de la comunidad archivística Nacional e Internacional en el aspecto técnico y normativo.
Apoyo por parte de la U.M.R.P.S.X.CH., en el aspecto económico y administrativo.
Disponibilidad de recursos potenciales para lograr el desarrollo archivístico en general .
AMENAZAS
Coordinación permanente con el ABNB.
Apoyo y asesoramiento por parte de la comunidad archivística Nacional e Internacional en el aspecto técnico y normativo.
Apoyo por parte de la U.M.R.P.S.X.CH., en el aspecto económico y administrativo.
Disponibilidad de recursos potenciales para lograr el desarrollo archivístico en general .
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ANÁLISIS INTERNO
FORTALEZAS
Liderazgo Institucional en materia archivística y normativa.
Capacidad de convocatoria a los eventos que realiza bajo los lineamientos del ente Rector del Sistema Nacional de Archivos.
Custodiamos la memoria de Nuestra Historia y de las Instituciones Públicas.
Desarrollo de actividades referidas al servicio y capacitación archivística, que genere recursos directamente recaudados, los cuales permiten reforzar el funcionamiento de la entidad.
Desarrollo de eventos técnicos normativo relacionado a mejorar el funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos (reuniones técnicas, archivos públicos, Municipales y Hospitales).
DEBILIDADES
Limitado número de profesionales en archivos, para cumplir asistencia técnica archivística a la administración publica.
Escasa aceptación ciudadana a participar en eventos culturales.
Restricciones presupuéstales para la cobertura de plazas, contratación de personal y capacitación para el mejor cumplimiento de las actividades y metas.
No se cuenta con locales propios y adecuados para la conservación y organización de documentos y atención a los usuarios.
Lenta información de los procesos técnicos archivísticos y servicios e inexistencia de una red informática a nivel nacional que restringen las comunicaciones y gestión archivística con los Archivos de los sectores.
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ESTRATEGIAS DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
Fortalecer el Sistema Nacional de Archivos y velar por la conservación y custodio del Patrimonio Documental de Nuestra Region.
Asegurar la conservación del Patrimonio Documental de la Region y Nación del Archivo Departamental de Chuquisaca, y los Archivos integrantes del Sistema Nacional de Archivos a través de la modernización de los procesos técnicos y optimizar los servicios archivísticos en beneficio de la ciudadanía.
Continuar y ampliar en forma descentralizada la capacitación y formación archivística del personal de archivos y afines a nivel Regional.
Coordinar con el Gobierno Regional y Local, para la asignación de una infraestructura.
Buscar los apoyos mediante proyectos a nivel nacional e internacional para el desarrollo archivístico.
Habrá que empezar por tener claro el concepto de patrimonio documental, entenderlo como el conjunto de documentos que se reconocen como parte de nuestra identidad, que hay que proteger, custodiar y atender. Que este patrimonio es y será útil para las generaciones, de ahora y del futuro. Que reconocidos nuestros documentos históricos como patrimonio tenemos que aceptar que tenemos derechos y obligaciones sobre él. Es de advertirse que sólo las personas pueden tener patrimonio, por tanto somos acreedores de una invalorable riqueza cultural. Se trata de un patrimonio "natural", porque es parte de la esencia de todo ser humano; y seremos más ricos culturalmente cuantos más documentos históricos podamos atesorar; es decir, estaremos incrementando nuestro patrimonio a partir de la herencia que nos legaron nuestros antepasados, la que dejaremos a las generaciones futuras si decidimos su protección. Por estas y otras razones tenemos que asumir una posición definida en la lucha de lo que es nuestro, porque los documentos de los archivos lo necesitan, están allí, no se trata de una abstracción sino de una realidad. Hoy más que nunca tenemos que ser creativos para evitar que los documentos históricos de ahora y los del mañana se pierdan por la negligencia de quienes son responsables directos o indirectos de su custodia. Estamos obligados a conservarlos para que permanezcan en los archivos.
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